El juez de instrucción de Pikine-Guédiawaye rechazó las solicitudes de libertad provisional presentadas por Pape Cheikh Diallo y Djiby Dramé, basándose en el artículo 130 del Código de Procedimiento Penal. Según el juez, la competencia para decidir sobre la libertad provisional recae ahora en el tribunal correccional, dado que los acusados ya han sido remitidos a este tribunal. Los abogados de los dos imputados argumentaron que la solicitud se presentó a la conclusión de la investigación judicial, pero el juez considera que fue demasiado tarde, ya que ya había emitido su orden de remisión el 7 de agosto. Ante esta decisión, los abogados de Diallo, Dramé y Doudou Lamine Dieng han presentado un recurso de apelación. La Cámara de Acusación ahora deberá resolver esta cuestión de procedimiento. Unas sesenta personas, incluyendo a Diallo, Dramé, Ass Dione y Kader Dia, han sido remitidas al tribunal correccional para ser juzgadas.

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