El Tribunal Superior Regional de Viena dictaminó que dar un "Me gusta" a un comentario malicioso en redes sociales no constituye un delito de difamación. El caso se originó a raíz de una denuncia contra un individuo, apodado "Lamahirte" (Pastor de Llamas), por un comentario negativo dirigido a Bohrn Mehna. La corte determinó que la acción de dar "Me gusta" no implica necesariamente la aprobación del contenido difamatorio, ni la intención de dañar la reputación de la persona afectada. Esta decisión podría tener implicaciones legales para futuros casos similares en Austria. El partido FPÖ ha expresado su satisfacción con el fallo, considerándolo un precedente importante para la libertad de expresión en línea. La sentencia subraya la complejidad de la responsabilidad legal en el entorno digital y la necesidad de distinguir entre la expresión de opiniones y la difamación activa.