La reciente discusión en Senegal sobre la posible extensión del mandato presidencial de cinco a siete años se enfrenta a serias complicaciones legales. Especialistas en derecho constitucional señalan que la Constitución senegalesa, modificada en 2016, incluye “cláusulas de eternidad” que protegen ciertas disposiciones esenciales de cualquier revisión. Específicamente, el artículo 103 de la Constitución prohíbe explícitamente la revisión de la duración y el número de mandatos presidenciales. Esto significa que ni el presidente, ni la Asamblea Nacional, ni el pueblo a través de un referéndum pueden modificar esta disposición. Cualquier intento de extender el mandato requeriría una ruptura con la legalidad constitucional vigente. Los expertos legales concluyen que, en la situación actual, una reforma para alargar el mandato presidencial es legalmente inviable.